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Corte Suprema de los Estados Unidos rechaza la ley internacional y decide en contra de mejicanos bajo pena de muerte

Este artículo originalmente apareció en nuestro sitio en inglés el 26 de marzo, 2008.

La Corte Suprema de Estados Unidos ha decidido rechazar una apelación en nombre de 51 ciudadanos mejicanos, quienes en su mayoría han sido condenados a muerte. El extraordinario dictamen muestra la arrogancia y la impunidad de la conducta de Washington, pues afirma que los tribunales estatales de Estados Unidos no tienen que adherirse a ninguna ley internacional.

En el fallo 6 a 3, que le abre paso a docenas de ejecuciones, la mayoría de la corte decidió que los tribunales estatales del estado de Texas no tienen que obedecer ningún mando del Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) y que el presidente del país tampoco tiene la menor autoridad para ordenarles que cumplan con las decisiones de dicha organización.

Basándose en la Convención de Viena, la cual afirma que los extranjeros arrestados en cualquier país tienen el derecho a obtener ayuda de los consulados de sus países México, que no impone la pena de muerte, llevó el caso ante el tribunal internacional en el 2003. La Convención también requiere que las autoridades la informen debidamente a los reos acerca de este derecho.

El caso fue a parar ante la Corte Suprema en nombre de José Ernesto Medellín, a quien se le había encontrado culpable de haber perpetrado violación sexual y homicidio en el estado de Texas en 1994. En aquel entonces, el joven tenía 18 años de edad. El caso también abarcaba a otros 50 extranjeros mexicanos en cárceles de los Estados Unidos. Cuarenta y cuatro de éstos, quienes forman parte de la apelación internacional, se enfrentan a ejecuciones; 14 se encuentran en Texas. A uno se le redujo el castigo a cadena perpetua porque era menor de edad.

El fallo del Tribunal Internacional a favor de los condenados mexicanos dictaminó que los tribunales en Estados Unidos deberían ofecerles un proceso de apelación para determinar si al negárseles sus derechos habían sido deprivados de un juicio justo.

El Presidente Bush reaccionó al dictamen extirpando a los Estados Unidos del protocolo opcional que le concede al Tribunal Internacional jurisdicción sobre la Convención de Viena. De tal modo confirmó su propio rechazo al derecho internacional, con tal de que ahora puede prevenirle a México o a cualquier otra entidad la posibilidad de apelar la pena de muerte basándose en que la ayuda consular no es obligatoria.

No obstante, Bush le instó a los tribunales estatales a que obedecieran la decisión de la Corte Suprema de modo retroactivo en aquellos casos que el Tribunal Internacional ya había decidido. Ya en el 2005, el presidente había emitido un memorándum referente al caso.

El objetivo del memorádum era ponerle paro a toda decisión de la Corte Suprema sobre el tema y así abrir paso al gobierno de Estados Unidos para cancelar su presencia en el protocolo opcional que le garantizaba jurisdicción al Tribunal Internacional.

Los tribunales estatales en Texas y doquier rechazaron la apelación en base al proceso jurídico que ya había tomado lugar, específicamente que el abogado de Medellín no había mencionado durante el juicio original que a su cliente se la había negado acceso al consulado mexicano.

Un corte de apelaciones en Texas luego dictaminó que Bush había “excedido su autoridad constitucional y entrometídose en los poderes independientes de la rama judicial” de l gobierno al ordenar que las cortes de apelación estatales revisaran el fallo en contra de Medellín. Al mismo tiempo, la Corte Suprema del estado mantuvo que “ni [la decisión del Tribubunal de Justicia] ni el memorándum del presidente directamente constituye una ley federal que se pueda hacer cumplir y que cancele toda restricción a peticiones sucesivas basadas en habeas corpus”.

La decisión de la mayoría en la Corte Suprema del país, escrita por John Roberts, Presidente de la Corte Suprema, esencialmente le brindó apoyó a la postura de los tribunales tejanos. Pero su alcance fue mucho mayor, pues pone en tela de juicio la validez de todos los tratados internacionales que el gobierno estadounidense ha firmado.

El TIJ se estableció en el 1945 bajo un mandato de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas, mandato cuya jurisdicción Estados Unidos aceptó en 1946. En 1985, Washington, luego que el tribunal lo declarara culpable de fomentar una guerra organizada por la CIA en contra del gobierno sandinista de Nicaragua, terminó su participación, aún cuando siguiera aceptando su jurisdicción en relación a la Convención de Viena en cuanto a asuntos consulares. Luego del fallo de la corte en cuanto a los mejicanos bajo pena de muerte, el gobierno de Bush también canceló su participación en dicha jurisdicción.

El Presidente de la Corte Suprema, John Roberts, escribió a favor de la opinión mayoritaria que “No todas las obligaciones internacionales automáticamente constituyen una ley federal firme que se pueda hacer cumplir ante los tribunales de Estados Unidos.” Los jueces Antonín Scalía, Clarence Thomas, Anthony Kennedy y Samuel Alito unieron sus voces a esta opinión.

La mayoría de la Corte, basándose en una interpretación suelta del lenguaje de los tratatados pertinentes, opinó que dichos pactos no “podían hacerse cumplir”; es decir, que a pesar de haber sido ratificados por una mayoría de dos tercios en el Senado de la república. Además, puesto que el presidente mismo ya los había firmado, no podían hacerse cumplir como ley interna del país, pues el Congreso no había puesto en práctica sus disposiciones por medio de leyes nuevas.

La decisión también revela, de manera muy sugestiva, que el gobierno de Estados Unidos nunca tuvo la intención de subordinarse a las decisiones del Tribunal Internacional de Justicia.. Más bien — afirmó la mayoría de la Corte, — la única manera de hacer cumplir las decisiones del TIJ es por medio de las acciones del Consejo de Seguridad de la ONU, en el que “el desobediencia de las decisiones del Tribunal por medio del veto que el Consejo de Seguridad puede ejercer siempre se ha considerado como una opción”.

El juez John Paul Stevens, quien escibiera su propia opinión al respecto, se mostró de acuerdo con los objetivos de la opinión mayoritaria, pero no con su lógica. Según él, Bush no tenía la autoridad parta ordenarle a los tribunales de Texas que cumplieran el dictamen del TIJ. Más bien, Texas podía obedecerlo por su propia cuenta si actuaba con la intención “de hacerse mayormente responsable de proteger el honor y la integridad de la Nación”.

No falta decir que las autoridades del Partido Republicano en Texas no tienen la menor intención de asumir semejante responsabilidad. Más bien celebraron el fallo de la alta corte como una declaración de la inmunidad de la cual Estados Unidos en cuanto a las leyes internacionales, así también como una victoria para los derechos de los estados.

El fiscal general de Texas, Ted Cruz, quien presentara la causa ante la Corte Suprema, declaró que el dictamen “categóricamente le prohíbe a los tribunales extranjeros que socaven la soberanía y la independencia de Estados Unidos”.

Otros han tratado de sugerir que la decisión derechista de la Corte representaba un desafío a Bush, quien una y otra vez ha tratado de asumir poderes ejecutivos sin ninguna supervisión de las otras ramas del gobierno.

Es irónico que la Casa Blanca, bajo el mando del Presidente Bush, se encontrara a favor de la apelación de Medellín. Por lo menos fue una postura muy peculiar, pues Bush, como gobernador de Texas, había presidido, aparentemente com mucho placer, sobre la ejecución de 152 reos. En realidad, cuando se postuló para la presidencia en el 2000, Bush aprobó la ejecución de Miguel Flores, mejicano de 31 años de edad, rechazando las súplicas del gobierno mexicano y de organizaciones internacionales que velan por los derechos humanos, quienes habían presentado el caso que al joven se le había negado el derecho, bajo la Convención de Viena, de comunicarse con el consulado mexicano.

Una gran cantidad de ex funcionarios destacados del Ministerio de Relaciones Exteriores y peritos en derecho internacional habían presentado declaraciones breves como amigos del tribunal. El miedo implícito que estos cículos evidenciaron fue que una repudiación directa de la decisión del TIJ podría poner en duda el apoyo del gobierno de Estados Unidos a todo tratado o pacto que éste considerar inconveniente, inclusive acuerdos pertinentes a asuntos comerciales sobre los cuales dependen enormes ganancias.

Además de México, doce naciones latinoamericanas y naciones integrantes de la Unión Europea y el Consejo de Europa también participaron en las diligencias de la Corte Suprema con breves a favor de la apelción de Medellín.

En una opinión discrepante, los jueces Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg y David Souter advirtieron que la decisión de la Corte “empeoraría... nuestras relaciones con el país vecino de México y podría precipitar acciones, por parte de otras naciones, que pueden poner en peligro a ciudadanos estadounidenses que desdichadamente podrían ser arrestados mientras viajan en el extranjero, y socavaría la reputación de nuestro país en dicho extranjero por haber fracasado en practicar “los princiopios de derecho” que pregonamos”.

No cabe duda que a la decisión de la corte más alta de Estados Unidos se le considerará mundialmente en el contexto de los actos más infames de Estados Unidos en cuanto a la repudiación del derecho internacional en la práctica, lo cual incluye la guerra de agresión contra Irak, las “extradiciones “extraordinarias”, el encarcelamiento ilegal y la tortura.

A fin de cuentas, el fallo de la Corte Suprema no representa ninguna protección a la separación de los poderes gubernamentales o la independencia de la rama judicial. Más bien significa la defensa barbárica de la pena capital y el desprecio a los sentimientos de horror que la opinión pública mundial ha expresado.

El impacto seguido será la destrucción de la última protección de la cual inmigrantes mejicanos gozan mientras esperan la muerte detrás de las rejas, lo cual los conducirá con mayor rapidez a sus ejecuciones.